Con la entrada en funcionamiento del Registro Central de Delincuentes Sexuales, se pretende facilitar a los ciudadanos que trabajen o vayan trabajar con menores la obtención del Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual, que permite acreditar la carencia de este tipo de delitos o la existencia de los mismos.
La obligatoriedad de presentar este certificado para proteger a los menores contra la explotación y el abuso sexual, viene establecida por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, así como por la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, según un comunicado del Ministerio de Justicia.
En el Registro Central de Delincuentes Sexuales se incluyen los datos de la identidad y del perfil genético de las personas condenadas mediante sentencia firme por los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales y trata de seres humanos con fines de explotación sexual, incluida la pornografía. Se trata de un mecanismo que facilita la prevención, la investigación y persecución de tales delitos y pretende evitar que quienes sean condenados en sentencia firme puedan realizar actividades o ejercer profesiones u oficios en contacto con menores.
En este Registro se encuentran inscritos los condenados por un delito de estas características, sean adultos o menores. Los menores de edad dejarán de figurar en el mismo una vez que hayan transcurridos diez años desde la mayoría de edad. A estos efectos, la cancelación de datos relativos a penas y medidas de seguridad impuestas en esta materia está contemplado en el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
El certificado es gratuito y puede solicitarse por diferentes canales. En el caso de los trabajadores, pueden hacerlo de forma electrónica a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia; de forma presencial en los registros de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, en el Centro de Atención al Ciudadano de Madrid, en las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno y en los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas y a la de cualquier Administración Local; o por correo postal dirigido a cualesquiera de las gerencias territoriales o al Centro de Atención al Ciudadano de Madrid.
Haciendo constar su número de móvil en la solicitud, el interesado recibirá por SMS un código seguro con el que descargar el certificado cuantas veces necesite desde la Sede electrónica del Ministerio de Justicia.
Las entidades en las que se va a trabajar con menores pueden solicitar el certificado negativo (para acreditar que se carece de antecedentes) de sus trabajadores de forma conjunta, previo consentimiento expreso de éstos.
Por su parte, las administraciones públicas pueden solicitar el certificado negativo, con autorización previa del trabajador, directamente a través de la Plataforma de Intermediación de Datos que gestiona el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. De este modo, se evitan desplazamientos y se agiliza su tramitación.
Los ciudadanos que opten por la solicitud telemática, deben disponer de un certificado digital de usuario válido (DNI electrónico, FNMT).
El Ministerio de Justicia trabaja de forma coordinada con las administraciones autonómicas y locales para facilitar a los ciudadanos este trámite con el que se persigue incrementar el control de los delincuentes sexuales y prevenir su contacto con menores de manera que primen los derechos de éstos sobre cualquier otro.
(Noticia extraída de El Derecho)