Calcule correctamente las ganancias y pérdidas patrimoniales a declarar en su IRPF.
Si usted tiene acciones de empresas que cotizan en bolsa y el año pasado vendió alguna de ellas, cuando presente su declaración de IRPF deberá declarar una ganancia o pérdida patrimonial por la diferencia entre el valor de transmisión de las acciones enajenadas y su valor de adquisición:
- Como valor de transmisión, podrá computar el precio de venta menos todos los gastos en los que haya incurrido por la transmisión (comisiones bancarias, honorarios de la agencia de
valores que haya intervenido en la operación…). - Como valor de adquisición, podrá computar el precio de compra más todos los gastos inherentes a esta (comisiones, corretajes…).
No olvide incorporar esos gastos a los precios de venta y compra, con el fin de reducir la tributación de la ganancia obtenida.
Si sólo vende una parte…
Por último, recuerde que si usted tenía acciones de una misma compañía adquiridas en diferentes momentos y el año pasado solo vendió parte de ellas, para determinar el valor de adquisición de las acciones transmitidas se entenderá que primero vendió las más antiguas y después las más nuevas; es lo que se denomina método FIFO (first in, first out).
A la hora de calcular el valor de adquisición, tenga en cuenta también las acciones liberadas que le hayan entregado durante el período de tenencia, así como los derechos de suscripción que haya percibido por sus acciones en el pasado y que haya vendido antes de 2017. Ambas circunstancias pueden hacer que el valor de adquisición se reduzca, de forma que deba declarar una mayor ganancia patrimonial en su IRPF.
Si durante el año pasado vendió acciones, le ayudaremos a calcular la ganancia o pérdida patrimonial a declarar en su IRPF teniendo en cuenta todas las reglas que establece la ley en estos casos.