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Tributación de la lotería

Por |2023-01-23T09:16:20+00:0025/01/2023|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: |

Los premios de lotería están exentos hasta los 40.000 euros.

Recuerde que los premios de Loterías y Apuestas del Estado, comunidades autónomas, ONCE, Cruz Roja Española y entidades análogas europeas tributan en el IRPF a un tipo fijo del 20%.

A estos efectos, los perceptores de estos premios soportan una retención por dicho porcentaje que debe practicarles el organismo pagador del premio, es decir, la Sociedad Estatal Loterías y  Apuestas del Estado (SELAE).

No obstante, dicha tributación sólo afecta a los premios cuyo importe íntegro supere los 40.000 euros, que tributan por la cuantía que exceda de dicho límite (hasta 40.000 euros, gozan de  exención).

Esta exención se aplica de forma independiente respecto de cada décimo, fracción o cupón de lotería o apuesta premiado. Así pues, en el caso de premios compartidos (grupos de amigos o  parientes, peñas, cofradías…) en los que el premio se reparte entre todos los participantes, los 40.000 euros exentos se deben repartir entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación.

EJEMPLO
Si usted y un amigo juegan a medias un décimo de lotería, que resulta premiado con 50.000 euros. A cada uno le corresponderán 25.000 euros, de los cuales 20.000 estarán exentos.
Su tributación individual será de 1.000 euros [(25.000 – 20.000) × 20%], y el neto que percibirá cada uno será 24.000 euros.

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