Recuerde algunos trámites relacionados con este impuesto.
Si es propietario de inmuebles, recuerde algunos trámites relacionados con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Algunos deben hacerse antes del 31 de diciembre para que tengan efectos en el IBI del año próximo:
- Domiciliación. Para evitar recargos por pago fuera de plazo, es aconsejable que domicilie este impuesto en su cuenta corriente. De esta manera, también podrá beneficiarse del sistema de cobro fraccionado que establezca su ayuntamiento.
- Bonificaciones. Revise las ordenanzas fiscales de su municipio y vea si puede solicitar alguna bonificación. Por ejemplo, los promotores inmobiliarios pueden solicitar, antes de iniciar una construcción, una bonificación de entre el 50 y el 90% durante el plazo que duren las obras (con un máximo de tres años).
- División. Si tiene un inmueble propiedad de varios titulares, puede solicitar la división del impuesto. Así, a cada propietario le llegará un recibo de IBI por su parte del inmueble.
ORDENANZAS
Comprobaremos si las ordenanzas fiscales de su municipio le permiten solicitar alguna bonificación en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.