Sólo el 4% de los contratos temporales firmados en 2015 en Cataluña se consolidaron en un puesto de trabajo estable. El mercado laboral creó ocupación por tercer año consecutivo, pero a base de empleos con fecha de caducidad y, según la Encuesta de Población Activa (EPA), ya son uno de cada cinco los asalariados que dependen de un contrato de corta duración. Pese a que la contratación temporal ha crecido un 30,6% desde 2012 —hasta alcanzar los 2.406.282 en 2015—, los sindicatos piden analizar los datos a largo plazo y ver qué pasa luego con esos contratos.
Según el Departamento de Trabajo, sólo 97.489 contrataciones se convirtieron en indefinidas antes de que acabara el año y, según el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), sólo 304.741 se prorrogaron. Más de la mitad, por un periodo inferior a tres meses.
Dentro de ese 4% que pasó de eventual a fijo en 2015, se encuentra Juan, que prefiere usar un nombre falso. Fue uno de los 698 despedidos por Nissan a través de un expediente de regulación de empleo (ERE) en 2009. Ha tenido que pasar por el paro y trabajos mal pagados antes de volver a conseguir un contrato indefinido. Aunque su ocupación no es precisamente nueva: “Hago lo mismo que en 2009 y en el mismo lugar, pero como fijo discontinuo y sin los beneficios por antigüedad”.
Juan alternó durante seis años períodos de desempleo con contratos de un mes y dos meses en Nissan. “Era un sinvivir, siempre con la preocupación de si el próximo mes seguiría allí o no”, recuerda. Cobraba poco más de la mitad de los 1.700 euros que ganaba antes del ERE. “Hasta que CGT presionó y me hicieron fijo discontinuo. Con este contrato puedo trabajar un máximo de 11 meses al año y pasar el resto en el paro. Pero ya he agotado la prestación y el año pasado estuve más de tres meses sin faena. Dentro de lo malo, tengo un contrato bastante decente porque he vuelto a mi salario anterior, no como las nuevas incorporaciones”, asegura.
La calidad del nuevo empleo es una de las mayores preocupaciones de los sindicatos. El secretario general de UGT la calificaba esta semana de “ínfima” y lamentaba que el Ministerio de Empleo fuera incapaz de responder a la pregunta de cuáles son los sueldos de los puestos de trabajo de reciente creación.
Hasta entonces, los agentes sociales continuarán usando la temporalidad y la parcialidad como índices de precariedad, algo que incomoda a la patronal Fomento de Trabajo. Su secretario general, Joan Pujol, admite que “aún hay un problema de temporales que deben ser indefinidos”, pero considera que el mercado laboral tuvo un comportamiento positivo en 2015. “Cuando empezó la crisis, la destrucción de empleo se centró en lo que tenía menos coste: los temporales y los jóvenes. Por eso, la recuperación comienza por allí”, asegura.
La empresa “suelta el freno”
Agencias de colocación como Hays Response ya han notado que sus clientes “sueltan cada vez más el freno de mano”, según explica su director, Salvador Sicart: “Nos llaman para cubrir bajas y nos avisan de que no descartan quedarse con el candidato si les gusta. Esto no pasaba mucho hace un par de años. Se habla del empleo temporal de manera peyorativa por el mal uso que muchas empresas han hecho de él, pero es una vía real y práctica de iniciar la experiencia laboral o reciclarte”.
A la portavoz de CC OO, Dolors Llobet, le preocupa “la rotación laboral que esconde la contratación temporal”. En 2014, 1.673 personas tuvieron más de 50 contratos laborales cada una, según Trabajo. El 53% lo firmó con una misma empresa. “La razón no es la legislación, porque en épocas de crecimiento económico también había mucha temporalidad. Lo que se necesita es que no se rebajen los costes laborales y que los inspectores detecten este fraude”, sostiene.
La profesora de Derecho del Trabajo de la Universidad Pompeu Fabra, Chelo Chacartegui, coincide y explica que es el trabajador el que debe denunciar porque la Seguridad Social “se limita” a dar de alta a los trabajadores sin profundizar en el tipo de contratación.
“La causa de temporalidad tiene que estar justificada de acuerdo con los supuestos que marque el convenio colectivo y está prohibido concatenar diferentes clases de contratos. Por ejemplo, hacer uno de obra y servicio después de uno de eventual es un fraude de ley”, recuerda.
(Noticia extraída de El País)