Hacienda las acepta, pero fija unas reglas sobre su fiscalidad.
Muchos profesionales –abogados, arquitectos…– desarrollan su actividad a través de una sociedad. Y como las sociedades tributan a un tipo fijo (el 25%) mientras que las personas físicas lo hacen a un tipo progresivo (que puede llegar a ser del 45%), Hacienda ha establecido algunas reglas sobre cómo tratará estas situaciones:
• Si la sociedad no tiene medios materiales y humanos para prestar los servicios (o éstos son mínimos), imputará al socio la totalidad de ingresos y gastos de la sociedad.
• En el caso de que sí disponga de medios para llevar a cabo la actividad, esta estructura será válida, pero el socio profesional deberá imputarse una retribución que represente, al menos, el 75% del resultado contable previo de la sociedad.
Sociedades de profesionales
Hacienda quiere evitar que los profesionales que ejercen su actividad a través de una sociedad reduzcan su tributación manteniendo en ella una parte de los beneficios de su actividad.