¿Quién aplicará la deducción por adquisición de vivienda?
Si un matrimonio está disfrutando en el IRPF de la deducción por adquisición de vivienda habitual y se separa, puede suceder que el juez ordene que el cónyuge que deja la vivienda se siga haciendo cargo del 100% de la hipoteca. En esta situación, Hacienda suele ser restrictiva y solo permite que dicho cónyuge se aplique la deducción sobre el 50% de los pagos (es decir, según su porcentaje de propiedad en la vivienda, aun cuando pague el 100% del préstamo destinado a adquirirla).
Pues bien, el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha declarado que en estos casos el contribuyente que paga el 100% de la hipoteca puede aplicarse el 100% de deducción, aun cuando solo sea titular de una parte del inmueble. Limitar la deducción supondría un enriquecimiento injusto para Hacienda, que estaría restringiendo un beneficio fiscal al que tenía derecho la unidad familiar con anterioridad a la resolución judicial.
DEDUCCIÓN EN IRPF
El cónyuge que asume el 100% de la hipoteca puede aplicar en su IRPF el 100% de la deducción, aun cuando sea titular de solo el 50% de la vivienda.
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