En noviembre puede optar por la devolución mensual.
Su empresa soporta más IVA del que repercute, y debe esperar a la última declaración del año para solicitar la devolución del saldo a su favor. Esto puede ocurrir, por ejemplo:
• Si repercute un tipo de IVA inferior al que soporta.
• Si efectúa muchas ventas al extranjero (ventas que no llevan IVA).
• Si ejecuta obras de construcción o rehabilitación para otros empresarios (operaciones que tampoco llevan IVA).
Pues bien, este mes de noviembre puede optar por el régimen de devolución mensual, de forma que a partir de 2019 pueda solicitar cada mes el IVA que resulte a su favor. Tenga en cuenta que
esto le obligara a presentar cada mes sus libros registro del IVA; no obstante, si su empresa ya está acogida al Sistema de Información Inmediato, ello no le supondrá más carga de trabajo.
IVA
Este mes de noviembre su empresa puede optar por el régimen de devolución mensual para 2019. De esta forma, si durante el año tiene IVA a su favor, podrá recuperarlo cada mes, sin tener que esperar a final de año.