Si tiene varias sociedades, quizá le interese que tributen juntas.
Si usted es propietario de varias sociedades que tributan en el Impuesto sobre Sociedades de forma independiente, puede encontrarse en la siguiente situación:
• Las sociedades que obtienen beneficios deben liquidar y pagar el Impuesto que les corresponde, al 25% o 30%.
• Y las que tienen pérdidas tienen que esperar a compensarlas en el futuro, cuando tengan beneficios.
Pues bien, existe un régimen fiscal, denominado “de consolidación fiscal”, que le permite compensar automáticamente las pérdidas de una sociedad con los beneficios de otra. De esta forma se evita anticipar dinero a Hacienda, ya que no es necesario esperar a que la sociedad con pérdidas tenga beneficios para poder compensarlas.
Consolidación
Podrá optar por el régimen de consolidación si su grupo de empresas está formado por una sociedad “madre” y filiales en las que ésta participe al menos en un 75%.