¿Puede su empresa imponer el prorrateo de las pagas extra?
En julio y diciembre muchas empresas tienen problemas de liquidez por culpa del desembolso adicional que les supone el abono de las pagas extras. Ante esta situación, se plantean la posibilidad de prorratear dichas pagas entre las 12 mensualidades ordinarias. Pues bien, si usted se encuentra en esta situación, actúe de la siguiente forma:
• Verifique primero lo que dice su convenio colectivo. Si el convenio no prohíbe el prorrateo, la medida será viable.
• Comunique su decisión a los trabajadores. Al tratarse de una simple reordenación de la forma de pago (que no afecta ni a la cuantía del salario ni a la forma de determinarlo), no deberá seguir ningún procedimiento especial para imponer esta medida. En este sentido, no se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Piense que los trabajadores saldrán beneficiados con esta medida, ya que cobrarán las extras de forma anticipada (no tendrán que esperar a julio y diciembre para recibirlas, sino que cobrarán cada mes la parte que hayan ido devengando).
Prorrateo de pagas
El pago prorrateado de las extras simplificará el control de su tesorería. Los trabajadores también saldrán ganando, ya que las cobrarán de forma anticipada, de manera que para aquéllos que tienen sueldos bajos supondrá un aumento de su líquido mensual.
Aunque ese pago anticipado de las extras supondrá un pequeño coste financiero, usted podrá controlar más fácilmente su tesorería, ya que el desembolso mensual por nóminas será uniforme durante los 12 meses del año.