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Préstamos de socios

Por |2016-03-22T10:00:55+00:0022/03/2016|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: |

Si presta dinero a su empresa, compruebe cuál será su tributación.

Las operaciones entre una empresa y los socios que participan en ella en al menos el 25% de su capital deben valorarse a precios de mercado. Por tanto, si usted es uno de estos socios y presta  dinero a su empresa, deberán devengarse intereses:

• Su empresa podrá deducirse en el Impuesto sobre Sociedades los intereses a su favor.
• Por su parte, usted deberá declarar dichos intereses en su IRPF como renta del ahorro (tributando, a partir de 2016, a un tipo de entre el 19% y el 23%).

No obstante, si el préstamo excede de tres veces los fondos propios de la empresa que le sean atribuibles, usted deberá integrar los intereses correspondientes al exceso en su base general del IRPF, y tributar por ellos a un tipo de hasta el 45%.

IRPF
Si usted es socio y presta dinero a su empresa, vaya con cuidado. Sepa que, en función de la cantidad que preste, tal vez deba tributar en su IRPF más de lo que piensa.

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