Están sujetos a un tipo fijo del 20%.
Los premios de Loterías y Apuestas del Estado, Comunidades Autónomas, ONCE, Cruz Roja Española y entidades análogas europeas tributan en el IRPF a un tipo fijo del 20%. A estos efectos, en el momento del pago el organismo pagador realiza una retención por dicho porcentaje.
Desde el año 2020 esta tributación sólo afecta a los premios cuyo importe íntegro supere los 40.000 euros, tributándose por la cuantía que exceda de dicho límite (hasta 40.000 euros disfrutan de
exención). La exención se aplica de forma independiente respecto de cada décimo o cupón de lotería o apuesta premiado.
Así, en caso de premios compartidos (grupo de amigos o parientes, peñas…), en los que el premio se reparte entre todos los participantes, los 40.000 euros exentos se deben repartir entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación.
Nuestro departamento fiscal está a su disposición para cualquier aclaración o duda que se le pueda plantear en materia tributaria.
EJEMPLO
Si usted y un amigo juegan a medias un décimo de Lotería que resulta premiado con 50.000 euros, a cada uno le corresponderán 25.000 euros, de los que 20.000 estarán exentos. Su tributación individual será, por tanto, de 1.000 euros: (25.000 – 20.000) x 20%.