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Ocho recetas fiscales para rebajar la factura con Hacienda

Por |2023-11-27T10:40:56+00:0001/12/2023|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: |

Hay estrategias, como amortizar hipoteca, las obras de mejora de la eficiencia energética o las aportaciones a planes de pensiones, que los contribuyentes están a tiempo de efectuar antes de que acabe un año marcado por las subidas de tipos.

El año 2023, marcado a fuego por las subidas de los tipos de interés, ha entrado en su recta final, pero todavía hay margen para sacar el máximo partido a las finanzas personales y abaratar la factura fiscal con Hacienda. La vivienda, las obras de mejora de la eficiencia energética o las aportaciones a planes de pensiones ayudan a que el contribuyente pague menos en la próxima declaración de la Renta.

“Los tipos más altos y durante más tiempo de lo esperado afectan a las inversiones, al ahorro y a las deudas”, comentan desde Abante, donde aconsejan “hacer una radiografía de todas las finanzas y las inversiones para tomar las decisiones más adecuadas que ayuden a minimizar el impacto fiscal”.

Planes de pensiones

Aunque los planes de pensiones han perdido atractivo fiscal en los últimos años con la progresiva reducción del límite en las aportaciones, que ahora es de 1.500 euros en los individuales, los expertos recomiendan agotar el tope antes de que finalice el año.

Es posible descontar de la base imponible la menor de las siguientes cantidades: 1.500 euros al año (puede incrementarse en 8.500 euros con los planes colectivos o de empresa y entre ambas aportaciones alcanzar la cifra de 10.000 euros) o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.

A los 8.500 euros en los planes de pensiones de empleo se puede llegar, además de por la contribución de la empresa, por el propio trabajador.

Por su parte, los autónomos pueden complementar el ahorro individual a través de un plan de pensiones de empleo simplificado, con aportaciones de hasta 4.250 euros. Por lo que, en total, los autónomos pueden aportar hasta 5.750 euros.

También se pueden aplicar deducciones por aportar al plan de pensiones de un familiar. En concreto, si el cónyuge obtiene rendimientos netos inferiores a 8.000 euros al año, se puede aportar a su plan hasta un máximo de 1.000 euros al año. Si se es pariente hasta el tercer grado inclusive de una persona con discapacidad, es posible deducir hasta 10.000 euros (el límite para el discapacitado es de 24.250 euros y la suma de todas las aportaciones nunca podrá superar esa cantidad).

En cuanto al ahorro en la declaración de la renta, cuanto mayor sea el tipo impositivo, mayor será la reducción que se obtendrá. Por ejemplo, teniendo en cuenta la escala estatal, con un tipo marginal del 19% y una aportación de 1.500 al año, la devolución será de 285 euros. Si el tipo es de 47%, la devolución será de 705 euros.

Por otro lado, si una persona se jubiló en 2021, tiene solo hasta el final de este año para decidirse a rescatar todo o parte del plan de pensiones y tener derecho a la reducción del 40%.

Vivienda habitual

En un contexto de tipos altos de interés como el actual, la amortización anticipada de la hipoteca ayuda a ahorrar en intereses. Además, si la vivienda es habitual y se compró con financiación bancaria antes del 1 de enero de 2013, adelantar la deuda permite desgravar un 15% de lo aportado (incluido capital e intereses) hasta un máximo de 9.040 euros anuales. Así, Hacienda devuelve hasta 1.356 euros, o el doble en el caso de que el préstamo hipotecario esté a nombre de dos titulares que realicen la declaración de forma separada. Es decir, ambos pueden deducirse el 15% de 18.080 euros.

En forma de ejemplo. Si una persona ha pagado 5.000 euros de hipoteca en el ejercicio fiscal, la deducción aplicable es de 750 euros. Si opta por amortizar anticipadamente 4.040 euros para tener la deducción máxima, la devolución será de 1.356 euros.

Rentas vitalicias

Los economistas del REAF-CGE señalan que si va a vender el inmueble en el que realizaron algunas mejoras no hay que olvidar computar el coste de las mismas como mayor valor de adquisición.

Además, las ganancias patrimoniales obtenidas en la transmisión de la vivienda habitual están exentas de tributar solo si el importe obtenido se reinvierte en otra vivienda habitual en un plazo de dos años. Y en caso de tener 65 años o más, siempre que se constituya una renta vitalicia en un plazo de seis meses desde la fecha de transmisión. La renta vitalicia se constituye en función del precio de la venta y existe un límite que es 240.000 euros por titular.

Por ejemplo. Una pareja compró una vivienda por 250.000 euros y la venden por 500.000 euros. Es decir, obtienen una ganancia de 250.000 euros, de los cuales 125.000 euros le corresponden a cada uno. Si al dividir lo obtenido con la venta, lo reinvierten en una renta vitalicia tendrán exentos los primeros 240.000 euros por titular, por lo que tendrán exento el 96%.

Compensar pérdidas con ganancias

La ley permite compensar determinadas ganancias patrimoniales con pérdidas procedentes de la venta de inmuebles, fondos o acciones, etc., de manera que se puede tributar por la diferencia entre ellas y reducir así el pago de impuestos.

Si después de compensar los rendimientos positivos generados, por ejemplo, con por los dividendos de unas acciones, con las pérdidas que han podido generar la venta de un bono, se siguen acumulando minusvalías, se dispone de los cuatro próximos ejercicios para compensarlas. De esta forma, este 2023 2023 es el último año para quienes acumulen rendimientos negativos desde 2019.

“En esos casos deberán realizar un ejercicio de planificación financiera y fiscal para ver si les compensa reembolsar o vender algún otro producto con beneficio y compensarlo con esos rendimientos negativos que tiene pendiente”, comentan en Abante.

Eficiencia energética

Si se dispone de una vivienda alquilada como vivienda habitual del inquilino, es posible reducir entre el 20% y el 60% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas hasta el próximo 31 de diciembre, siempre que las reformas contribuyan a la reducción de determinados porcentajes del consumo de energía o incrementen la eficiencia energética de la vivienda. Así, los expertos sostienen que puede ser buen momento para plantearse cambiar las ventanas o instalar placas solares o sistemas que mejoren la eficiencia energética de la vivienda.

Retribuciones en especie

Otra recomendación de los responsables del REAF para optimizar la Renta correspondiente a 2023 es no tributar las dietas que la empresa abona al trabajador con motivo de su desplazamiento, así como cambiar retribuciones dinerarias por en especie como el cheque-transporte, el cheque-restaurante o el seguro médico. También, recordar que si se han realizado trabajos en el extranjero las remuneraciones percibidas están exentas hasta un máximo de 60.100 euros.

Donativos

En el caso de los donativos realizados a las fundaciones previstas en la ley 49/2002, se puede deducir en la cuota un 80% de los primeros 150 euros y un 35% sobre el resto de dinero que hayamos donado. Además, si en los dos periodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos en favor de una misma entidad por un importe igual o superior al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción del importe que exceda de 150 euros será del 40%.

Vehículo eléctrico “enchufable”

Se introdujo este año una nueva deducción del 15%, con una base máxima de 20.000 euros, del valor de adquisición de un vehículo eléctrico “enchufable” nuevo y no afecto a actividades económicas, siempre y cuando se haya comprado a partir del 30 de junio de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2024. Y también se puede reducir el 15%, hasta un top anual de 4.000 euros, de las cantidades satisfechas por las instalaciones de sistemas de recarga de batería para vehículos eléctricos no afectas a una actividad económica.

(Noticia extraída de Cinco Días)

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