Algunas obras en viviendas llevan un IVA del 10%.
Si va a realizar obras en su vivienda, recuerde que en determinados casos puede exigir al contratista que le repercuta un IVA del 10%, en lugar del 21%, lo que le permitirá soportar un menor coste.
Esto es posible en las siguientes obras:
• Obras menores de renovación o reparación (electricidad, gas, fontanería, calefacción, pintura, soldadura, carpintería, etc.), en las que el coste de la mano de obra (respecto el coste de los materiales) sea elevado.
• Obras mayores que tengan el carácter legal de rehabilitación (tratamiento y consolidación de elementos estructurales, fachadas y cubiertas, y obras análogas).
IVA
Las obras de renovación y reparación de viviendas con poca aportación de materiales llevan un IVA del 10%. Y lo mismo ocurre con las obras consideradas de rehabilitación.