Se ha creado el “Registro de Impagados Judiciales”.
Recientemente se ha creado el “Registro de Impagados Judiciales”, al que se pueden comunicar deudas de a partir de 50 euros reconocidas por una resolución judicial firme. En concreto:
• Si usted tiene un deudor de este tipo (tras conseguir una sentencia a su favor sigue sin cobrar), puede solicitar que se anote esa deuda en dicho registro.
• La anotación hará que su deudor pueda tener problemas para conseguir financiación, pues los bancos (y cualquier tercero con interés legítimo) pueden consultar el registro. Esta “presión” puede hacer que su deudor le pague.
• La inscripción de la deuda en este registro (así como las consultas) debe hacerla su abogado: a partir de ahí, el Registro envía un requerimiento al deudor para que pague en 5 días, y si no lo hace (o sólo paga una parte) se le incluye en el fichero.
COSTE INSCRIPCIÓN
El coste oscila entre 30 y 40 euros, según si el requerimiento de pago se envía por carta certificada o burofax. Para acceder a más información, consulte http://registrodeimpagadosjudiciales.es