Recuerde que puede proteger su marca en toda la UE, y no sólo en España.
Muchas empresas tienen registrada su marca en territorio español y después la registran también para que quede protegida en todo el territorio de la UE. No obstante, como la protección para toda la UE también se extiende a España, acaban teniendo la marca duplicada. Por tanto:
• Si va a registrar una marca para toda la UE, no es necesario que la registre también para que quede protegida en territorio español.
• Si ya tiene una marca protegida en España pero quiere extender su protección a todo el territorio de la UE, deberá registrarla a estos efectos.
• En este caso podrá dejar de renovar la marca española, ahorrándose así las tasas de renovación.
No obstante, si actúa de esta forma conviene realizar algunos trámites adicionales para que la marca comunitaria reconozca la antigüedad de la marca en España.
Protección duplicada
Si tiene registrada su marca para toda la UE, ya no hace falta que la registre para España, ya que la protección comunitaria abarca también el territorio español. Evite duplicidades en la protección.
Recuerde que la marca protege unos productos concretos, por lo que conviene ser exacto a la hora de determinar la clase de productos y servicios para los que se solicita la protección.