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Lo deben autorizar los socios

Por |2015-09-20T13:06:04+00:0020/09/2015|Categorías: Publicaciones Fiscal, Publicaciones Laboral|Etiquetas: , |

Algunas decisiones ya no las puede tomar el administrador

Los administradores de una SA o SL pueden realizar, en general, las operaciones necesarias para que la sociedad pueda desarrollar su objeto social.

No obstante, una reciente reforma legal ha limitado las facultades de los administradores. A partir de ahora, la adquisición, aportación o enajenación de “activos esenciales” debe ser autorizada por la junta de socios:

• Se presume que un activo es esencial si el importe de la operación supera el 25% del valor de los activos del último balance aprobado.

• En cualquier caso, un activo puede ser esencial incluso aunque no supere ese límite (como una máquina que es importante para el proceso productivo realizado por la empresa).

ADMINISTRADORES
Una reciente reforma legal limita los poderes de los administradores. Venga a vernos y le asesoraremos sobre cómo actuar a partir de ahora.

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