El gerente presionaba a su equipo para que entrara una hora antes y conseguir que la tienda fuera más productiva
A partir del próximo 12 de mayo, cualquier empresa se enfrenta a multas de hasta seis mil euros por incumplir la obligación de registrar el horario de sus trabajadores. Esta exigencia legal busca aflorar horas extra no remuneradas y el consiguiente desfalco a la Seguridad Social. Un problema que, como demuestra una reciente resolución del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña (cuyo texto íntegro puede leer aquí), es una realidad.
El tribunal catalán confirma en su resolución el despido disciplinario de un gerente de tienda de la cadena de supermercados Lidl que presionaba a su personal para hacer horas extra gratis. Les citaba una hora antes de lo habitual para, supuestamente, realizar tareas de formación, pero, en realidad, trabajaban en la tienda sin remuneración. Su actuación, desleal y abusiva, fue merecedora, concluyen los magistrados, de la sanción.
Rechaza así el recurso del infractor, que alegó que este era un «comportamiento tolerado», que lo había hecho «en beneficio de la empresa» y que ni siquiera podía ser considerado como falta. En todo caso, argumentó, debía habérsele amonestado antes de despedirle. Sin embargo, el tribunal considera que el abuso de confianza y el trato con las personas de su equipo fue una falta muy grave, culpable y consciente. Además, reprochan los magistrados, ocultando los hechos para simular una «productividad inexistente», puso en peligro a su empresa, exponiéndola a cuantiosas sanciones administrativas, en beneficio propio.
Una hora antes para ayudar
Durante al menos cinco días, el infractor apagó la alarma de la tienda para acceder con varios empleados una hora antes de lo habitual, sin registrar este tiempo en el sistema de control de tiempos. Hechos que grabaron las cámaras de seguridad y que motivaron el despido disciplinario del gerente.
Las quejas de los empleados de la tienda encendieron las alarmas. Según relataron, su jefe les hacía ir una hora antes para un futuro ascenso, pero, en realidad, dedicaban ese tiempo a ocupaciones diarias tales como limpieza, reposición de productos, etiquetado, etc., sin que este trabajo efectivo quedara reflejado en el sistema. El gerente les conminó a no fichar porque «habían ido a ayudar».
En este sentido, la compañía tenía implantado un detallado procedimiento informático para la gestión de jornadas, controlando ausencias y tiempos de descanso, a partir del cual se determinaban las retribuciones y se calculaba la productividad neta.
Más trabajadores
Por otro lado, señala el tribunal, si bien es cierto que el infractor no obligaba a los subordinados a acudir a su puesto una hora antes, alababa «públicamente» a quien así lo hacía en «detrimento» de quienes no seguían su sugerencia, diciendo que «eran mejores» y utilizando el tiempo no registrado «en perjuicio de dichos trabajadores».
Este trato hacía sus subordinados fue considerado como falta muy grave, pese a que el infractor, que llevaba trabajando doce años en la compañía y había sido ascendido recientemente, alegó que era un comportamiento «tolerado» respecto a otros compañeros y otros centros. En su contrato, como quedó reflejado en el relato de los hechos, se le exigía «flexibilidad horaria» y realizar fuera de su jornada laboral las funciones complementarias necesarias para «garantizar las necesidades del servicio».
(Noticia extraída de Cinco Días)