El Tribunal Superior de Justicia de Galicia dice que es un derecho a conciliar
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) reconoce, por primera vez, el derecho de los trabajadores varones a disfrutar del permiso para asistir a técnicas de preparación al parto.
En un fallo del 7 de noviembre del que fue ponente el magistrado Fernando Lousada Arochena, determina que aunque la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995 lo estableció como un derecho femenino, «la evolución normativa, jurisprudencial y doctrinal acaecida desde entonces» hace llegar a la conclusión de que el permiso «debe ser extendido a los trabajadores varones, pues en otro caso sería discriminatorio por razón de sexo».
El tribunal se basa en la doctrina asentada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su fallo del 30 de septiembre de 2010 y concluye que este permiso es un derecho de conciliación que, como tal, «no puede tener carácter sexuado».
Por otro lado, el tribunal gallego rechaza, sin embargo, ampliar a los hombres el permiso para acudir a exámenes prenatales. El fallo expone que el artículo 9 de la Directiva 92/85 de la Comunidad Europea es «claro en el sentido de reconocer el derecho solo a las trabajadoras gestantes». La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
(Noticia extraída de El Economista)