¿Cómo queda la jubilación de autónomos a partir de ahora?
La edad de jubilación para autónomos aumentará gradualmente durante los próximos años. Respecto a la jubilación anticipada para este colectivo, ha variado ligeramente:
- • Hasta el 31 de marzo de 2013 podrán acceder a la jubilación anticipada a los 61 años quienes hubieran sido mutualistas a 1 de enero de 1967 y que a lo largo de su vida laboral hubieran cotizado tanto en el Régimen General como en el RETA.
- • A partir de abril, los autónomos podrán acceder a la jubilación anticipada a los 63 años si acreditan un período mínimo de cotización de 33 años y la pensión resultante es superior a la mínima que les correspondería a los 65 años.
- • Quienes se acojan a la jubilación anticipada verán reducida su pensión en un 1,875% por cada trimestre que les falte para llegar a la edad de jubilación ordinaria (si han cotizado menos de 38 años y seis meses), o del 1,625% (en caso de tener más de 38 años y medio).
JUBILACIÓN
A partir de abril, y como norma general, no podrá jubilarse antes de los 63 años.