Verifique si su empresa puede aplicarlos.
Con relación a las cotizaciones a la Seguridad Social, recientemente se han aprobado dos bonificaciones cuyos efectos se retrotraen al 1 de enero de 2017. Revise, por tanto, si las puede aplicar desde ahora hasta final de año y si puede pedir una devolución de ingresos por no haberlas disfrutado desde enero hasta ahora.
Dichos incentivos, que también podían aplicarse en el año 2016, son los siguientes:
• Si tiene una empleada cuyo puesto de trabajo supone un riesgo para su embarazo y la cambia de puesto a uno que sea compatible con su estado, podrá aplicar una bonificación del 50% en las
cuotas empresariales por contingencias comunes.
• Si se dedica al turismo (o a la hostelería o comercio vinculados al turismo) y tiene fijos discontinuos en los meses de febrero, marzo o noviembre, podrá aplicar en dichos meses una bonificación
del 50% de las cuotas empresariales (salvo por accidentes).
COTIZACIÓN
Si tiene una empleada cuyo puesto supone un riesgo para su embarazo, cambiarla a otro puesto de trabajo compatible con su estado le permitirá aplicar bonificaciones en las cotizaciones sociales.