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Incentivos para pymes y empresarios

Por |2025-04-21T17:07:19+00:0022/04/2025|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: , , |

No olvide aplicarlos a la hora de confeccionar su declaración.

Si usted desarrolla su actividad a través de una sociedad que factura menos de diez millones de euros, recuerde que a la hora de calcular su Impuesto sobre Sociedades puede aplicar los incentivos  fiscales previstos para las empresas de reducida dimensión:

  • Podrá aplicar la libertad de amortización para las inversiones en activos nuevos, siempre que también aumente su plantilla. En concreto, la cuantía que puede amortizarse libremente es la que  resulte de multiplicar el incremento de su plantilla media de trabajadores por 120.000 euros.
  • También podrá amortizar sus activos nuevos según el porcentaje que resulte de multiplicar por dos el coeficiente máximo de tablas. Y si se trata de activos adquiridos en leasing, podrá amortizarlos por el menor de entre el principal del préstamo devuelto y el resultado de multiplicar por tres el coeficiente máximo de amortización.
  • Asimismo, podrá considerar como gasto fiscalmente deducible –en concepto de deterioro de clientes– el 1% de su saldo de clientes a 31 de diciembre. Y si en 2023 ya computó este deterioro, en el IRPF de 2024 podrá computar un 1% de la variación de dicho saldo (será un gasto si el saldo de deudores ha aumentado y un ingreso si ha disminuido).

Incentivos para pymes
Los empresarios que desarrollan su actividad como personas físicas –autónomos– y que determinan sus rendimientos por estimación directa pueden aplicar en su IRPF los mismos  incentivos que las SA y SL de reducida dimensión, con algunas excepciones.

Estas ventajas también son aplicables a los empresarios que desarrollan su actividad como autónomos y calculan sus rendimientos en estimación directa, siempre que no superen los diez millones de  euros de facturación. No obstante, en algunos casos existen diferencias entre los incentivos aplicables a los empresarios individuales (que tributan por IRPF) y los existentes para las SA y SL  pymes (que tributan en el Impuesto sobre Sociedades). En concreto:

  • Las SA y SL que tributan como empresas de reducida dimensión pueden aplicar la reserva de nivelación, incentivo que no es aplicable a los empresarios autónomos.
  • En cambio, los autónomos que reinvierten sus beneficios en activos nuevos disfrutan de una deducción en la cuota del IRPF del 5% de la reinversión realizada, incentivo que no es aplicable a las SA o SL.

Nuestros profesionales le indicarán cuáles son los incentivos fiscales que puede aplicar en su caso.

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