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Donaré las acciones a mis hijos

Por |2016-04-07T09:00:25+00:0007/04/2016|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: , |

(Pero me reservo el usufructo).

Usted quiere jubilarse. Dado que sus hijos trabajan en la empresa familiar, ha pensado donarles las participaciones de la sociedad, pero reservándose usted el usufructo. De esta manera podrá complementar su pensión de jubilación cobrando dividendos.

Es cierto que si usted se reserva el usufructo de las participaciones, tendrá derecho a cobrar los dividendos que la sociedad acuerde. Pero el resto de derechos (como el de asistir y votar en las juntas de socios) corresponderá a los “nudos propietarios” de las participaciones (sus hijos).

Por ello, existe el riesgo de que algún año se acuerde no repartir dividendos y que usted no pueda hacer nada al respecto. Pues bien, para evitarlo, antes de donar las participaciones, modifique
los estatutos de su sociedad indicando que en caso de usufructo el usufructuario tendrá derecho a cobrar dividendos y a ejercer los derechos de asistir y votar en las juntas.

USUFRUCTO
En caso de usufructo de participaciones o acciones, el usufructuario tiene derecho a cobrar dividendos. Pero también puede tener derecho a votar en las juntas si así se establece en los estatutos de la sociedad.

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