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Devolución de IRPF pendiente

Por |2019-12-13T10:01:19+00:0013/12/2019|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: |

Si todavía no ha recibido la devolución de su IRPF…

Hacienda dispone de seis meses para ordenar la devolución, plazo que empieza a contar desde el fin del plazo de presentación del IRPF (o desde la fecha de presentación si la declaración se presentó con posterioridad).

En todo caso, puede comprobar el estado en el que se encuentra su declaración a través de la página web de Hacienda. Para ello, dentro de la web de la AEAT, siga la ruta “Renta 2018 / Servicio de tramitación borrador/declaración (Renta WEB)”.

Si transcurridos los seis meses indicados Hacienda no ha ordenado la devolución, tendrá derecho a que le abonen intereses de demora (contados a partir del vencimiento del plazo de seis meses). No es necesario solicitar expresamente el pago de dichos intereses, ya que Hacienda los liquida automáticamente.

INTERESES
Si Hacienda no emite la orden de pago en el plazo de seis meses, tendrá
derecho a cobrar intereses de demora.

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