La información bancaria sobre saldos medios no siempre es válida.
Al confeccionar el Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas, la información facilitada por el banco sobre el saldo medio de sus cuentas podría no ser correcta, por lo que conviene revisarla.
Piense que el banco calcula dicho saldo medio tomando en consideración todos los movimientos de la cuenta. Pero, a efectos fiscales, algunos de esos movimientos no se deben considerar. En concreto:
- Los fondos retirados para adquirir otros bienes y derechos –o para cancelar o amortizar deudas–, ya que los bienes y derechos adquiridos –o la menor deuda– también
deben declararse en los impuestos indicados. - O el ingreso de fondos en la cuenta derivado de la obtención de préstamos (como contrapartida, dichos préstamos tampoco deben computarse en el impuesto como
deudas).
Duplicidad
Si no realiza los ajustes indicados, estará declarando más patrimonio del que le corresponde, con el consiguiente coste fiscal. Nuestros profesionales le informarán sobre ésta y otras cuestiones y calcularán correctamente sus impuestos.