Si el resultado es a devolver, pueden sancionarle.
¿Qué sucede cuando, ya pasado el plazo de presentación, un contribuyente que no estaba obligado a presentar declaración de IRPF se da cuenta de que, de haberla presentado, le hubiese resultado a devolver? ¿Puede presentarla fuera de plazo?
En estos casos es mejor no precipitarse. Aunque se trate de una declaración presentada sin que el contribuyente esté obligado a ello, es extemporánea. Y a las declaraciones extemporáneas se les aplican las siguientes reglas:
- Si el resultado es a ingresar, se aplican los recargos por declaración extemporánea.
- Si es a devolver, se aplica una sanción. En concreto, una multa fija de 100 euros, que se reduce a 60 –se aplica una reducción del 40%– si el importe se ingresa de forma inmediata.
ESCASA CUANTÍA
Por tanto, cuando no existe obligación de declarar y el importe de la devolución es inferior a 60 euros, es mejor no presentar ninguna declaración de IRPF a devolver fuera de plazo.
Nuestros profesionales le informarán sobre las consecuencias de presentar declaraciones fuera de plazo, tanto si su resultado es a ingresar como si es a devolver.