En estos casos la factura electrónica será obligatoria en 2015
A partir del 15 de enero de 2015, las sociedades que contraten con las administraciones públicas deberán emitir facturas electrónicas. Las administraciones que así lo decidan podrán eximir de dicha obligación a las facturas de menor importe, pero en ningún caso quedarán eximidas las facturas que superen los 5.000 euros.
Esta norma afecta a las facturas emitidas a administraciones estatales, autonómicas y locales, así como a entes públicos y mutuas de la Seguridad Social.
Las facturas electrónicas deberán remitirse a las administraciones correspondientes por Internet a través de lo que se denominarán “puntos de entrada de facturas electrónicas”.
GESTIÓN
A partir del 15 de enero de 2015, las sociedades que contraten con las administraciones públicas tendrán que emitir facturas electrónicas.