En ocasiones es posible aplicar los beneficios consecutivamente.
Muchas empresas satisfacen los gastos de guardería de los hijos de los empleados, cuyo importe queda exento del IRPF. Por su parte, en caso de que deban incurrir en gastos por guardería, las madres trabajadoras pueden disfrutar de una deducción en el IRPF cuyo importe es de hasta 1.000 euros anuales.
Pues bien, aunque ambos incentivos son incompatibles, sí que es posible aplicarlos consecutivamente. Por ejemplo, si la empresa sólo paga una parte de los gastos de guardería, la parte no cubierta podrá disfrutar de la deducción hasta el límite indicado.
De esta forma, es correcto considerar la retribución en especie satisfecha por la empresa como exenta y, además, aplicar la deducción indicada (con el límite de los 1.000 euros o de los propios gastos de guardería asumidos por la trabajadora, si son inferiores).
DEDUCCIÓN
Las madres trabajadoras con hijos menores de tres años tienen derecho a aplicar en su IRPF una deducción de 1.200 euros.
Esta deducción puede incrementarse en hasta 1.000 euros anuales en
caso de que incurran en gastos de guardería.