Se han modificado los límites para presentar la declaración del IRPF.
En general, cuando la principal fuente de ingresos de una persona son las rentas del trabajo y éstas no superan los 22.000 euros, no existe obligación de presentar IRPF. No obstante, en ciertos casos este límite es más bajo. Por ejemplo:
• Si se perciben rendimientos del trabajo de más de una entidad y la suma de las rentas procedentes del segundo y restantes pagadores (en cuantía) supera los 1.500 euros.
• Si se han percibido rentas sujetas a un tipo fijo de retención, o cuando el pagador no está obligado a retener (administradores, empleados del hogar, pensiones del extranjero, etc.).
En estos casos, el límite ha aumentado. En concreto, para 2018 el límite se fija en 12.643 euros (aunque para personas fallecidas antes del 5 de julio de 2018 –fecha en la que entró en vigor este cambio – el límite es de 12.000 euros). A partir de 2019 dicho límite será de 14.000 euros en todos los casos.
IRPF
Si sólo se obtienen rentas del trabajo y éstas son inferiores a 12.643 euros no existe obligación de presentar la declaración del IRPF de 2018. A partir de 2019, dicho límite será de 14.000 euros.