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Calendario laboral de septiembre 2024

Por |2024-09-08T17:57:11+00:0006/09/2024|Categorías: Publicaciones Laboral|Etiquetas: |

El BOE hace oficial las fiestas. Este año hay un total de 14 días festivos no recuperables, remunerados y de carácter obligatorio.

El calendario laboral volverá a recoger en España en 2024 un total de 14 días festivos no recuperables, remunerados y de carácter obligatorio. De todos ellos, 12 festividades son nacionales y autonómicas y otras dos de carácter local, que fijan habitualmente cada uno de los ayuntamientos del país.

De los 12 festivos nacionales y autonómicos, 8 de ellos son de carácter obligatorio y no sustituibles por las comunidades: 1 de enero (Año nuevo); 29 de marzo (Viernes Santo); 1 de mayo (Día del Trabajo); 15 de agosto (Asunción de la Virgen); 12 de octubre (Fiesta Nacional); 1 de noviembre (Todos los Santos); 6 de diciembre (Día de la Constitución), y 25 de diciembre (Día de Navidad). En caso de que uno de estos días fuera domingo, las regiones podrían decidir trasladarlo al lunes, pero eso no ocurre con ninguna de estas festividades en 2024.

A estos ocho días festivos hay que sumar otros cuatro cuya elección recae en los responsables de cada comunidad. Así, las regiones deben escoger, de entre los días 6 de enero (día de Reyes); 28 de marzo (Jueves Santo) y 8 de diciembre (Inmaculada Concepción), para disfrutarlos o sustituir alguno por otro día que tenga especial sentido para sus ciudadanos, como suelen hacer la mayoría con el día dedicado a su comunidad.

El próximo año habrá cuatro fines de semana largos en toda España, uno menos que en 2023; y resultarán de juntar al fin de semana festividades que caen en lunes o viernes. Estos tres fines de semana largos serán el del 1 de enero (Año Nuevo), que será lunes; el 29 de marzo (Viernes Santo); el 1 de noviembre (Todos los Santos), que será viernes; y el 6 de diciembre (Día de la Constitución), que también caerá en viernes.

La Semana Santa llega el próximo año antes que en 2023: el 28 de marzo (Jueves Santo) y 29 de marzo (Viernes Santo). La mayoría de las comunidades tienen estos dos días festivos, salvo Cataluña, que prescinde del Jueves Santo, pero a cambio tiene el 1 de abril (Lunes de Pascua) como festivo. Este último día también será festivo en Islas Baleares, Cantabria, Navarra y País Vasco. Estas cuatro comunidades juntarán, por tanto, un largo puente de cinco días, desde el Jueves Santo al Lunes de Pascua, ambos incluidos.

Además, en 2024 hay tres regiones que han optado por tener un festivo más, pero declararlo como “retribuido recuperable”. Esto significa que los trabajadores no están obligados a ir a trabajar ese día, pero deben negociar con sus empresas cuándo recuperar esas horas. Es el caso de Cataluña, que deberá elegir entre 6 enero, 1 abril, 24 junio o 26 de diciembre para que sea recuperable; la Comunidad Valenciana, que ha escogido el 24 de junio, como festivo recuperable; y Ceuta, el 2 de octubre, día de la comunidad. De esta forma, las tres regiones disfrutarán, a diferencia del resto, de 13 días festivos, pero uno de ellos deberán recuperarlo, tal y como se acuerde en sus compañías.

Así, antes de que el Boletín Oficial del Estado (BOE) publique el calendario laboral del próximo año, previsiblemente en octubre, estos son, según los Gobiernos de las comunidades autónomas, los días festivos comunes a todas las regiones y los propios de cada una de ellas:

ANDALUCÍA

-1 de enero. Año nuevo, lunes.

– 6 de enero. Día de Reyes, sábado.

– 28 de febrero. Día de Andalucía, miércoles.

– 28 de marzo. Jueves Santo.

– 29 de marzo. Viernes Santo.

– 1 de mayo. Día del Trabajo, miércoles.

– 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen, jueves.

– 12 de octubre. Fiesta Nacional, sábado.

– 1 de noviembre. Día de Todos los Santos, viernes.

– 6 de diciembre. Día de la Constitución, viernes.

– 8 de diciembre. Día de la Inmaculada, domingo (se traslada al día 9, lunes).

-25 de diciembre. Navidad, miércoles.

ARAGÓN

-1 de enero. Año nuevo, lunes.

– 6 de enero. Día de Reyes, sábado.

– 28 de marzo. Jueves Santo.

– 29 de marzo. Viernes Santo.

– 23 de abril. Día de Aragón, martes

– 1 de mayo. Día del Trabajo, miércoles.

– 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen, jueves.

– 12 de octubre. Fiesta Nacional, sábado.

– 1 de noviembre. Día de Todos los Santos, viernes.

– 6 de diciembre. Día de la Constitución, viernes.

– 8 de diciembre. Día de la Inmaculada, domingo (se traslada al día 9, lunes).

-25 de diciembre. Navidad, miércoles.

PRINCIPADO DE ASTURIAS

El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias aún no ha aprobado las festividades autonómicas para la región.

ISLAS BALEARES

– 1 de enero. Año nuevo, lunes.

– 6 de enero. Día de Reyes, sábado.

– 1 de marzo. Día de Baleares, viernes.

– 28 de marzo. Jueves Santo.

– 29 de marzo. Viernes Santo.

– 1 de abril. Lunes de Pascua.

– 1 de mayo. Día del Trabajo.

– 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen, jueves.

– 12 de octubre. Fiesta Nacional, sábado.

– 1 de noviembre. Día de Todos los Santos, viernes.

– 6 de diciembre. Día de la Constitución, viernes.

-25 de diciembre. Navidad, miércoles.

CANARIAS

– 1 de enero. Año nuevo, lunes.

– 6 de enero. Día de Reyes, sábado.

– 28 de marzo. Jueves Santo.

– 29 de marzo. Viernes Santo.

– 1 de mayo. Día del Trabajo, miércoles.

– 30 mayo. Día de Canarias, jueves.

– 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen, jueves.

– 12 de octubre. Fiesta Nacional, sábado.

– 1 de noviembre. Día de Todos los Santos, viernes.

– 25 de diciembre. Día de Navidad, miércoles.

Canarias fija un festivo, dentro de las doce fiestas nacionales y autonómicas, para cada una de sus islas: 2 de febrero, festividad de la Virgen de Candelaria, en Tenerife; 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves, en La Palma; 9 de septiembre, lunes posterior a la festividad de Nuestra Señora del Pino, en Gran Canaria; 16 de septiembre, festividad de Nuestra Patrona de Los Volcanes, en Lanzarote y La Graciosa; 20 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de La Peña, en Fuerteventura; 24 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Reyes en El Hierro y 7 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe en La Gomera.

CANTABRIA

– 1 de enero. Año nuevo, lunes.

– 6 de enero. Día de Reyes, sábado.

– 28 de marzo. Jueves Santo.

– 29 de marzo. Viernes Santo.

– 1 de abril. Lunes de Pascua.

– 1 de mayo. Día del Trabajo, miércoles.

– 25 de julio. Día de Santiago Apóstol, jueves.

– 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen, jueves.

– 12 de octubre. Fiesta Nacional, sábado.

– 1 de noviembre. Día de Todos los Santos, viernes.

– 6 de diciembre. Día de la Constitución, viernes.

– 25 de diciembre. Día de Navidad, miércoles.

CASTILLA Y LEÓN

– 1 de enero. Año nuevo, lunes.

– 6 de enero. Día de Reyes, sábado.

– 28 de marzo. Jueves Santo.

– 29 de marzo. Viernes Santo.

– 23 de abril. Día de la comunidad, martes.

– 1 de mayo. Día del Trabajo, miércoles.

– 25 de julio. Día de Santiago Apóstol, jueves.

– 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen, jueves.

– 12 de octubre. Fiesta Nacional, sábado.

– 1 de noviembre. Día de Todos los Santos, viernes.

– 6 de diciembre. Día de la Constitución, viernes.

– 25 de diciembre. Día de Navidad, miércoles.

CASTILLA LA MANCHA

– 1 de enero. Año nuevo, lunes.

– 6 de enero. Día de Reyes, sábado.

– 28 de marzo. Jueves Santo.

– 29 de marzo. Viernes Santo.

– 1 de mayo. Día del Trabajo, miércoles.

– 30 de mayo. Día del Corpus Christi, jueves.

– 31 de mayo. Día de la Comunidad, viernes.

– 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen, jueves.

– 12 de octubre. Fiesta Nacional, sábado.

– 1 de noviembre. Día de Todos los Santos, viernes.

– 6 de diciembre. Día de la Constitución, viernes.

– 25 de diciembre. Día de Navidad, miércoles.

CATALUÑA

– 1 de enero. Año nuevo, lunes.

– 6 de enero. Día de Reyes, sábado.

– 29 de marzo. Viernes Santo.

– 1 de abril. Lunes de Pascua.

– 1 de mayo. Día del Trabajo, miércoles.

– 24 de junio. Día de San Juan, martes.

– 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen, jueves.

– 11 de septiembre. Día de la Comunidad (Diada), miércoles.

– 12 de octubre. Fiesta Nacional, sábado.

– 1 de noviembre. Día de todos los Santos, viernes.

– 6 de diciembre. Día de la Constitución, viernes.

– 25 de diciembre. Día de Navidad, miércoles.

– 26 de diciembre. San Esteban, jueves.

*Esta comunidad fija 13 fiestas nacionales y autonómicas pero debe de elegir entre el 6 enero; 1 abril; 24 junio; 26 de diciembre, para que una de ellas sea recuperable, según la orden EMT aprobada el pasado 29 de mayo.

COMUNIDAD VALENCIANA*

– 1 de enero. Año nuevo, lunes.

– 6 de enero. Día de Reyes, sábado.

– 19 de marzo. San José, martos

– 29 de marzo. Viernes Santo.

– 1 de abril. Lunes de Pascua.

– 1 de mayo. Día del Trabajo, miércoles.

– 24 de junio. Día de San Juan, martes.

– 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen, jueves.

– 9 de octubre. Día de la comunidad.

– 12 de octubre. Fiesta Nacional, sábado.

– 1 de noviembre. Día de todos los Santos, viernes.

– 6 de diciembre. Día de la Constitución, viernes.

– 25 de diciembre. Día de Navidad, miércoles.

* La Comunidad Valenciana ha decretado también el día 24 de junio, día de San Juan (martes) como festivo retribuido, pero recuperable.

EXREMADURA

– 1 de enero. Año nuevo, lunes.

– 6 de enero. Día de Reyes, sábado.

– 13 de febrero. Martes de carnaval.

– 28 de marzo. Jueves Santo.

– 29 de marzo. Viernes Santo.

– 1 de mayo. Día del Trabajo, miércoles.

– 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen, jueves.

– 12 de octubre. Fiesta Nacional, sábado.

– 1 de noviembre. Día de Todos los Santos, viernes.

– 6 de diciembre. Día de la Constitución, viernes.

– 8 de diciembre. Día de la Inmaculada, domingo (se traslada al día 9, lunes).

– 25 de diciembre. Día de Navidad, miércoles.

GALICIA

– 1 de enero. Año nuevo, lunes.

– 6 de enero. Día de Reyes, sábado.

– 28 de marzo. Jueves Santo.

– 29 de marzo. Viernes Santo.

– 1 de mayo. Día del Trabajo, miércoles.

– 17 de mayo. Día de las Letras Gallegas, viernes.

– 25 de julio. Día del Apóstol Santiago, jueves.

– 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen, jueves.

– 12 de octubre. Fiesta Nacional, sábado.

– 1 de noviembre. Día de Todos los Santos, viernes.

– 6 de diciembre. Día de la Constitución, viernes.

– 25 de diciembre. Día de Navidad, miércoles.

COMUNIDAD DE MADRID

– 1 de enero. Año nuevo, lunes.

– 6 de enero. Día de Reyes, sábado.

– 28 de marzo. Jueves Santo.

– 29 de marzo. Viernes Santo.

– 1 de mayo. Día del Trabajo, miércoles.

– 2 de mayo. Día de la Comunidad, jueves.

– 25 de julio. Día del Apóstol Santiago, jueves.

– 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen, jueves.

– 12 de octubre. Fiesta Nacional, sábado.

– 1 de noviembre. Día de Todos los Santos, viernes.

– 6 de diciembre. Día de la Constitución, viernes.

– 25 de diciembre. Día de Navidad, miércoles.

REGIÓN DE MURCIA

– 1 de enero. Año nuevo, lunes.

– 6 de enero. Día de Reyes, sábado.

– 19 de marzo. San José, marzo

– 28 de marzo. Jueves Santo.

– 29 de marzo. Viernes Santo.

– 1 de mayo. Día del Trabajo, miércoles.

– 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen, jueves.

– 12 de octubre. Fiesta Nacional, sábado.

– 1 de noviembre. Día de Todos los Santos, viernes.

– 6 de diciembre. Día de la Constitución, viernes.

– 8 de diciembre. Día de la Inmaculada Concepción, domingo (se traslada al día 9, lunes).

– 25 de diciembre. Día de Navidad, miércoles.

NAVARRA

– 1 de enero. Año nuevo, lunes.

– 6 de enero. Día de Reyes, sábado.

– 28 de marzo. Jueves Santo.

– 29 de marzo. Viernes Santo.

´- 1 de abril. Lunes de Pascua.

– 1 de mayo. Día del Trabajo, miércoles.

– 25 de julio. Día de Santiago Apostól, jueves.

– 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen, jueves.

– 12 de octubre. Fiesta Nacional, sábado.

– 1 de noviembre. Día de Todos los Santos, viernes.

– 6 de diciembre. Día de la Constitución, viernes.

– 25 de diciembre. Día de Navidad, miércoles.

PAÍS VASCO

– 1 de enero. Año nuevo, lunes.

– 6 de enero. Día de Reyes, sábado.

– 28 de marzo. Jueves Santo.

– 29 de marzo. Viernes Santo.

´- 1 de abril. Lunes de Pascua.

– 1 de mayo. Día del Trabajo, miércoles.

– 25 de julio. Día del Apóstol Santiago, , jueves.

– 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen, jueves.

– 12 de octubre. Fiesta Nacional, sábado.

– 1 de noviembre. Día de Todos los Santos, viernes.

– 6 de diciembre. Día de la Constitución, viernes.

– 25 de diciembre. Día de Navidad, miércoles.

LA RIOJA

– 1 de enero. Año nuevo, lunes.

– 6 de enero. Día de Reyes, sábado.

– 28 de marzo. Jueves Santo.

– 29 de marzo. Viernes Santo.

´- 1 de abril. Lunes de Pascua.

– 1 de mayo. Día del Trabajo, miércoles.

– 10 de junio. Lunes siguiente a Día de La Rioja (9 de junio).

– 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen, jueves.

– 12 de octubre. Fiesta Nacional, sábado.

– 1 de noviembre. Día de Todos los Santos, viernes.

– 6 de diciembre. Día de la Constitución, viernes.

– 25 de diciembre. Día de Navidad, miércoles.

CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA*

– 1 de enero. Año nuevo, lunes.

– 6 de enero. Día de Reyes, sábado.

– 28 de marzo. Jueves Santo.

– 29 de marzo. Viernes Santo.

– 1 de mayo. Día del Trabajo, miércoles.

– 17 de junio. Fiesta del Sacrificio, lunes.

– 5 de agosto. Día de la Virgen de África, lunes.

– 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen, jueves.

– 2 de septiembre. Día de Ceuta, sábado.

– 12 de octubre. Fiesta Nacional, sábado.

– 1 de noviembre. Día de Todos los Santos, viernes.

– 6 de diciembre. Día de la Constitución, viernes.

– 25 de diciembre. Día de Navidad, miércoles.

* El Día de Ceuta (2 de septiembre) será, a diferencia del resto, festivo recuperable. Esto quiere decir que los trabajadores no están obligados a ir a trabajar ese día pero deben acordar con su empleador cuándo recuperar las horas no realizadas esa jornada.

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

– 1 de enero. Año nuevo, lunes.

– 6 de enero. Día de Reyes, sábado.

– 28 de marzo. Jueves Santo.

– 29 de marzo. Viernes Santo.

– 1 de mayo. Día del Trabajo, miércoles.

– 17 de junio. Fiesta del Sacrificio, lunes.

– 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen, jueves.

– 12 de octubre. Fiesta Nacional, sábado.

– 1 de noviembre. Día de Todos los Santos, viernes.

– 6 de diciembre. Día de la Constitución, viernes.

– 8 de diciembre. Día de la Inmaculada Concepción, domingo (se traslada al día 9, lunes).

– 25 de diciembre. Día de Navidad, miércoles.

(Noticia extraída de Cinco Días)

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