A partir del 1 de enero de 2016 los tipos de retención vuelven a cambiar.
A partir del 1 de enero de 2016, los tipos de retención aplicables sobre la mayoría de rendimientos se vuelven a reducir ligeramente (como ya ocurrió en 2015):
• Los rendimientos del capital mobiliario y del alquiler pasan a estar sometidos a una retención del 19% (en lugar del 19,5% aplicable hasta el 31 de diciembre de 2015).
• El porcentaje de retención aplicable sobre las retribuciones satisfechas a administradores se reduce al 35% (hasta 2015 era del 37%).
• Asimismo, los tipos de la tabla de retenciones de rendimientos del trabajo también disminuyen, de manera que los trabajadores obtendrán un ligero aumento en su salario neto.
Desaparece la retención del 1%
Hasta 2015, si su empresa contrataba a empresarios acogidos al régimen de módulos que realizaban alguna de las actividades recogidas en las divisiones 3, 4 o 5 de la Sección 1ª del IAE (pintores, albañiles, carpinteros, etc.), debía practicarles una retención del 1%. Pues bien, a partir de 2016 dichos empresarios quedan excluidos de módulos (pasan a tributar en estimación directa), por lo que ya no deberá practicarles retención.