La Inspección de Trabajo está “peinando” a las empresas que han contratado a becarios…
Si una empresa contrata a un becario y le satisface una contraprestación económica, está obligada a darlo de alta en la Seguridad Social, cotizando por los tipos reducidos establecidos por
la normativa.
El problema que existe con este colectivo es que, en muchas ocasiones, se trata de trabajadores que realizan las mismas tareas que el resto de empleados, unas tareas que exceden de las que
deberían realizar según el convenio firmado entre la empresa y el centro formativo.
Es por eso por lo que la Inspección está comprobando si las empresas actúan correctamente con este colectivo. Si usted tiene contratado a algún becario –o lo contrató en el pasado– y recibe
una visita de la Inspección, tenga preparada la siguiente información:
• Un listado de los becarios contratados, con la fecha de inicio y fin de la relación y la dotación económica satisfecha.
• El contrato entre su empresa y el centro formativo y la documentación de que disponga sobre la selección realizada.
Becarios
Asegúrese de que la actividad del becario contribuye a su aprendizaje. Asígnele un tutor y compruebe que las tareas que realiza se ajustan a las fijadas en el acuerdo firmado con el centro formativo.
Si contrata a un becario, limítese a asignarle funciones relacionadas con su formación. Evite, por ejemplo, que entre en un “planning” de trabajos junto con otros empleados de su empresa. Evite
también contrataciones de larga duración.