Se ha implantado un nuevo incentivo aplicable a los contratos indefinidos.
Desde el 1 de marzo está en vigor un nuevo incentivo en las cotizaciones a la Seguridad Social. En concreto, si su empresa contrata a un nuevo trabajador y firma un contrato indefinido con
éste, podrá aplicar la siguiente bonificación:
• Si efectúa la contratación a tiempo completo, los primeros 500 euros de la base de cotización estarán exentos de cotizar por la cuota empresarial de contingencias comunes. Ello implica la
aplicación de una bonificación de 118 euros al mes (500 x 23,60%).
• Si firma un contrato a tiempo parcial, podrá aplicar el incentivo siempre que la jornada contratada sea de como mínimo el 50%. Ahora bien, la cuantía de la exención se reduce de forma
proporcional a la jornada contratada.
Su empresa podrá aplicar este incentivo durante 24 meses. Además, si en el momento de firmar el contrato tiene menos de diez trabajadores, podrá aplicar una exención sobre los primeros
250 euros de la base de cotización durante doce meses más.
Una de las ventajas de este nuevo incentivo es que es compatible con alguna otra bonificación a la Seguridad Social. Eso sí, su empresa deberá cumplir con los requisitos y condiciones previstos
en la normativa.
Ejemplo
Si aplica este incentivo y contrata a tiempo completo a un empleado cuya base de cotización es de 1.000 euros, el coste mensual de Seguridad Social que tendrá será de 194,50 euros (en lugar de 312,50 euros, que sería el coste que soportaría sin el incentivo).