Las facturas a cargo de la Administración deben ser electrónicas…
Si su empresa emite facturas a cargo de administraciones públicas, deberá hacerlo en formato electrónico:
• Esta obligación sólo se excepciona si el emisor es un empresario individual o profesional, o si la factura no supera los 5.000 euros y la propia Administración exime de esa obligación.
• La emisión de facturas electrónicas puede compaginarse con la emisión en formato papel para el resto de clientes.
Para que la factura se considere electrónica, debe tener incorporada una firma electrónica a través de un certificado digital (no basta, por tanto, con enviarla por correo electrónico).
Si no dispone de un programa que le permita generar facturas electrónicas, la Administración Pública pone a disposición de los contribuyentes un programa de descarga gratuita que permite
hacerlo.
ELECTRÓNICA
A partir del 15 de enero de 2015, las facturas a cargo de las administraciones públicas deben emitirse