Si existen causas temporales que lo justifiquen
Su empresa contrata a sus empleados a través de un contrato temporal. Y si al término está satisfecha con el rendimiento de los trabajadores, firma una prórroga y una conversión a indefinido.
Pues bien, es probable que su empresa esté actuando en fraude de ley. Tenga en cuenta que:
• Para firmar un contrato temporal (ya sea uno de obra o uno eventual), su empresa debe tener una punta de trabajo o debe realizar un servicio o una obra concreta. Además, el contrato debe reflejar dichas causas temporales.
• A partir de ahí, si el contrato se prorroga, debe ser porque las causas temporales también se han prorrogado.
Si un contrato temporal se efectúa en fraude de ley, se considerará indefinido a todos sus efectos. Por tanto, a su término el afectado le reclamará la indemnización por despido improcedente.
TEMPORAL
Para firmar un contrato temporal, deben existir unas causas temporales que lo justifiquen. En caso contrario, el contrato se convertirá en indefinido.