No es obligatorio esperar a la aprobación de cuentas
Otra de las novedades que se prevén para el próximo año hace referencia a la fiscalidad de los dividendos cobrados por socios personas físicas:
• En la actualidad, los primeros 1.500 euros cobrados no tributan. Sin embargo, a partir de 2015 tributarán desde el primer euro satisfecho.
• A cambio, el año próximo se reducen los tipos impositivos de este tipo de rentas.
La combinación de estos dos cambios puede hacer muy interesante cobrar dividendos en 2014 (en una cuantía moderada). Puede cobrarlos con cargo a reservas acumuladas de ejercicios anteriores o con cargo a los beneficios generados en el propio 2014. ¡No es necesario esperar a la aprobación de cuentas!
DIVIDENDOS
A partir de 2015, los dividendos cobrados por personas físicas pagarán IRPF en su totalidad, ya que desaparece la actual exención sobre los primeros 1.500 euros recibidos.