Se podrán compaginar las prácticas con la prestación por desempleo.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social saca este jueves a información pública el anteproyecto de Ley del Estatuto de las personas en formación práctica no laboral en el ámbito de la empresa para regular las actividades de estas personas y que las compañías no las utilicen para sustituir a un trabajador por menos dinero. El incumplimiento de esta futura norma traerá sanciones de entre 70 euros y hasta 225.018 euros, en función de la gravedad de la infracción.
Infracción leve
Las empresas estará obligadas, una vez se apruebe la ley, a tener un acuerdo con los centros formativos para poder tener a personas en prácticas. Estos convenios deberán recoger información del plan de formación, del sistema de tutorías, de la cuantía para compensar gastos de desplazamiento, comida o alojamiento o de la asignación económica (si la práctica es remunerada). El incumplimiento de este punto será una infracción leve, sancionada con entre 70 euros y 750 euros.
Grave
Asimismo, la norma recoge los derechos de las personas en prácticas a ser informados del programa de formación y también a que se le compensen los gastos; además, está prohibido que las empresas permitan que estas personas paguen por ser formadas y se deberá informar a los sindicatos del número de personas en prácticas, horario, remuneración y del nombre de su tutor dentro de la empresa. Incumplir estos aspectos será una infracción grave multada con entre 751 euros y 7.500 euros.
Muy grave
Finalmente, si la compañía infringe alguno de los derechos que tienen estas personas por cuestiones discriminatorias como por edad, retribución, sexo, raza, ideas políticas u orientación sexual, se tratará de una infracción muy grave multada con entre 7.500 euros y 225.018 euros.
Prestación por desempleo
Por otro lado, la futura ley, que ha sido pactada con CCOO y UGT, permitirá como novedad a las personas en prácticas compatibilizar la formación en empresas con el cobro de la prestación por desempleo.
Asimismo, la norma recuerda que si las empresas, finalmente acaban contratando a estas personas en prácticas podrán disponer de una bonificación en el pago de la cuota de la Seguridad Social de 138 euros al mes durante un máximo de tres años. Esta ayuda ya se recogió en el Real Decreto-ley del 10 de enero de 2023 de medidas urgentes en materia de incentivos para la contratación laboral.
Compensar el coste de las tutorías
Esta ley obligará por primera vez a las empresas a que tengan a una persona (puede ser un trabajador) que tutorice la formación de quien esté en prácticas. Este tutor deberá poder compaginar su trabajo con esta función y solo podrá tener de máximo a cinco personas en formación. No obstante, la norma pondrá en marcha ayudas para que las empresas puedan atender los costes de la actividad de tutorización. Estas ayudas se desarrollarán posteriormente en otro texto.
La Inspección estará vigilante
Por otro lado, la ley da potestad a la Inspección de Trabajo para llevar a cabo los controles necesarios en las empresas para evaluar si cumplen con el nuevo Estatuto. Además, las compañías deberán poner a disposición de la Seguridad Social toda la documentación asociada a estas prácticas formativas no laborales.
El preámbulo de la norma recuerda que la Inspección de Trabajo ha detectado entre 2020 y 2023 a 1.598 personas contratadas como becarios cuando en realidad realizaban funciones de un trabajador. Las nuevas formaciones no podrán incluir tareas que realicen los empleados para evitar que se den estos casos.
Las personas en prácticas no podrán suponer más del 20% de la plantilla de la compañía.
(Noticia extraída de El Economista)