¿Puede el socio de una SL pedir información sobre salarios?
En las juntas de aprobación de cuentas es obligatorio poner a disposición de los socios, de forma gratuita e inmediata, las cuentas y demás documentación, como el informe de gestión o el del auditor, en su caso. Y si el socio representa al menos el 5% del capital social, puede examinar las cuentas anuales en la sede social, acompañado de un experto.
El socio puede solicitar información que guarde relación con el orden del día y resulte relevante y pertinente para la toma de decisiones, con los únicos límites de salvaguardar el interés social y no incurrir en abuso de derecho. Para concretar estos límites hay que acudir a la jurisprudencia, que considera lícito, por ejemplo:
- Solicitar información sobre los salarios pagados por la sociedad (para saber si son acordes con los que se pagan en el mercado para puestos similares, por ejemplo).
- Solicitar información de las filiales cuando se sea socio de la empresa matriz (para saber qué actividad desarrollan, quiénes son sus socios…).
- O solicitar información sobre el importe y las condiciones de las hipotecas que gravan inmuebles de la sociedad.
ABUSIVO
Se considera abusivo que el socio no retire la documentación del domicilio social cuando se ha puesto a su disposición, solicitar documentación muy voluminosa con muy poca antelación, no justificar la necesidad o solicitar información que sea desproporcionada, etc.