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Declaración de IRPF a devolver

Por |2024-05-20T17:09:52+00:0022/05/2024|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: , , , |

Hacienda dispone de seis meses para hacer la devolución.

Si presenta la declaración del IRPF de 2023 con resultado a devolver, sepa que Hacienda dispone de seis meses para ordenar la devolución, plazo que, para la declaración de 2023, empieza a contar a partir del 1 de julio de 2024:

  • Si presenta su declaración con posterioridad al 1 de julio, los seis meses empezarán a contar desde la fecha de la presentación.
  • Si Hacienda no emite la orden de pago en dicho plazo de seis meses, empezarán a devengarse intereses de demora a su favor.

Recuerde que puede comprobar el estado en el que se encuentra su declaración a través de la página web de la AEAT. Para ello, acceda a los servicios de “Renta 2023” y entre en su expediente a través de la opción “Servicio tramitación de borrador/declaración (Renta WEB)”. A la hora de identificarse deberá disponer de DNI electrónico, o bien introducir la Cl@ve PIN o la referencia del borrador.

INTERESES DE DEMORA
Hacienda le liquidará los intereses de demora de forma automática, sin necesidad de que usted los solicite expresamente.

Contacte con nosotros: resolveremos las dudas que se le planteen respecto a su declaración de IRPF.

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