¿Cuánto tiempo tiene el agente para reclamar?
Al finalizar un contrato de agencia por haber llegado su vencimiento, el agente comercial puede solicitar una indemnización por clientela –cuando la empresa puede seguir beneficiándose de los clientes que él ha aportado– y las comisiones que se le adeuden. Pero ¿y si hay discrepancias sobre los importes debidos?
Pues bien, el agente dispone de distintos plazos según el tipo de reclamación que efectúe. A estos efectos:
- Indemnización por clientela. Podrá reclamar en el plazo de un año desde la finalización del contrato.
- Comisiones impagadas. Dispone de tres años desde que se devengó dicha comisión, no desde la finalización del contrato.
Si en el transcurso de estos plazos el agente hubiera hecho algún tipo de reclamación –aunque fuera extrajudicial (por ejemplo, envió un burofax solicitando el pago de una comisión)–, se interrumpe el cómputo, que se vuelve a iniciar desde cero en el momento en el que se emitió dicha reclamación.
DAÑOS Y PERJUICIOS
El agente también puede tener derecho a una indemnización por daños y perjuicios si la empresa da por finalizado el contrato antes de su vencimiento y sin justa causa o, en el caso de los contratos indefinidos, sin respetar el plazo de preaviso.