Debe presentarse durante el mes de julio.
El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ISGF) es un nuevo impuesto aplicable en los ejercicios 2022 y 2023 que, en general, recae sobre aquellas personas cuyo patrimonio neto sea superior a los 3,7 millones de euros.
A la hora de calcular la suma a pagar, es posible descontar la cuota satisfecha por el Impuesto del Patrimonio, por lo que en la mayoría de los casos sólo pueden verse obligadas a satisfacerlo las personas residentes en Madrid, Andalucía y Galicia (comunidades en las que el Impuesto del Patrimonio disfruta de bonificaciones). No obstante, en algunos supuestos excepcionales también pueden verse obligados a pagarlo residentes en otras comunidades.
Recientemente se ha aprobado que el impuesto correspondiente al ejercicio 2022 debe satisfacerse a través del nuevo modelo 718, que deberá presentarse de forma obligatoria por vía electrónica entre el 1 y el 31 de julio de 2023 (en caso de pago mediante domiciliación bancaria, hasta el 26 de julio).
CUOTA
A la hora de calcular la suma a satisfacer, puede descontarse la cuota satisfecha por el Impuesto sobre el Patrimonio.
Nuestros profesionales le asesorarán sobre si debe tributar por el nuevo Impuesto de Solidaridad.