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Nuevo impuesto de solidaridad

Por |2023-07-27T15:40:32+00:0009/08/2023|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: |

Debe presentarse durante el mes de julio.

El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ISGF) es un nuevo impuesto aplicable en los ejercicios 2022 y 2023 que, en general, recae sobre aquellas personas cuyo patrimonio neto sea superior a los 3,7 millones de euros.

A la hora de calcular la suma a pagar, es posible descontar la cuota satisfecha por el Impuesto del Patrimonio, por lo que en la mayoría de los casos sólo pueden verse obligadas a satisfacerlo las personas residentes en Madrid, Andalucía y Galicia (comunidades en las que el Impuesto del Patrimonio disfruta de bonificaciones). No obstante, en algunos supuestos excepcionales también pueden verse obligados a pagarlo residentes en otras comunidades.

Recientemente se ha aprobado que el impuesto correspondiente al ejercicio 2022 debe satisfacerse a través del nuevo modelo 718, que deberá presentarse de forma obligatoria por vía electrónica entre el 1 y el 31 de julio de 2023 (en caso de pago mediante domiciliación bancaria, hasta el 26 de julio).

CUOTA
A la hora de calcular la suma a satisfacer, puede descontarse la cuota satisfecha por el Impuesto sobre el Patrimonio.

Nuestros profesionales le asesorarán sobre si debe tributar por el nuevo Impuesto de Solidaridad.

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