Se han ampliado los meses en que se aplican incentivos.
Hasta ahora, si su empresa se dedica al turismo –o al comercio o a la hostelería vinculadas al turismo– y mantenía contratados a trabajadores fijos discontinuos en los meses de febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2020, podía aplicar en dichos meses una bonificación en las cotizaciones de esos fijos discontinuos. Pues bien, el incentivo se ha ampliado y es aplicable unos meses más. En concreto:
• También podrá aplicar la bonificación en los meses de julio, agosto, septiembre y octubre de 2020.
• La cuantía del incentivo es el 50% de las cuotas empresariales (salvo por accidentes de trabajo) de dichos meses.
Además, estas bonificaciones son compatibles con las exoneraciones aplicadas en las cuotas empresariales a la Seguridad Social durante la vigencia de los ERTEs derivados del coronavirus.
Le asesoraremos sobre las bonificaciones que puede aplicar a los fijos discontinuos y en sus contrataciones en general.
BONIFICACIONES
También pueden aplicarse bonificaciones en los meses de julio, agosto, septiembre y octubre de 2020.