Los autónomos disponen hasta el 30 de septiembre para hacer el cambio. Habrá otro periodo que permitirá cambios de aquí a final de año. Pero dicho cambio ya será activo en 2020.
Hasta el 30 de septiembre. Esa es la fecha límite que tienen los trabajadores autónomos que deseen cambiar su base de cotización en 2019. Si realizan los trámites oportunos, el cambio de base de cotización será efectivo a partir del 1 de octubre.
Hay que recordar que los trabajadores autónomos pueden realizar todas las solicitudes de cambio de base de cotización que desee. El único requisito es que las solicitudes se realicen dentro de los plazos indicados para ello.
En cuanto a la base de cotización que puede elegir el trabajador. Puede optar o por la que ya cotizaba o por el máximo de cotización.
Menor o mayor de 47 años
A la hora de realizar la solicitud, lo primero que debe hacer el trabajador es indicar qué trámite desea realizar con la Seguridad Social. En este caso será el cambio de base de cotización. A continuación se mostrarán los datos del trabajador, que no pueden ser variados.
En el supuesto de que el trabajador tenga menos de 47 años, podrá solicitar cualquier base de cotización comprendida entre las bases máxima y mínima permitidas para el Régimen. Si es mayor de 47 años solo podrá solicitar una base máxima igual o inferior a la base máxima para mayores de 47 años.
Durante el proceso, el trabajador autónomo podrá consultar sus datos de alta de afiliado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Le aparecerá información como la fecha del alta, la fecha de la base de cotización actual y el tipo de base que tiene, así como si ha solicitado algún cambio de base de cotización. Existe también la posibilidad de que el trabajador haya solicitado una revalorización automática de la base de cotización, y eso es algo que también le aparecerá reflejado en la pantalla.
Sobre las bases de cotización también tendrá que elegir el trabajador una base máxima, una base mínima o tendrá la posibilidad de marcar otra base distinta a la máxima y a la mínima. Los trabajadores de venta ambulante, por ejemplo, disponen de unas bases de cotización distintas.
Tras cumplimentar la solicitud, los datos quedarán registrados en el sistema para aplicarlos.
(Noticia extraída de Cinco Días)