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El Banco de España le da pistas…

Por |2019-02-11T10:37:14+00:0011/02/2019|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: , |

Conozca y exija sus derechos frente a su banco.

Si usted tiene discrepancias con su banco, puede reclamar ante el Servicio de Atención al Cliente; y si éste no atiende su reclamación, ante el Banco de España.

Pues bien, en la página web del Banco de España encontrará la memoria del servicio de reclamaciones de 2017, en la que se recogen los criterios de resolución de conflictos y en la que encontrará
pistas sobre si su banco está actuando de forma incorrecta en alguna incidencia. En este sentido:

• En dicha memoria se indica que el banco no puede cobrar comisión por emitir un certificado de “saldo cero” conforme un préstamo hipotecario ya está saldado.

• Los bancos sólo pueden cobrar comisiones por “reclamación de posiciones deudoras” si están pactadas previamente y ha realizado gestiones efectivas para cobrar la deuda (no basta con enviar al cliente una carta estándar generada por ordenador).

BANCOS
Encontrará la memoria de reclamaciones en http://www.bde.es, apartado “Portal del Cliente Bancario”.

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